Las competencias básicas mínimas que los estudios de doctorado garantizan están indicadas en el punto 1 del artículo 5 del R.D.99/2011, de 28 de enero, en el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. Éstas son:
- CB1. Comprensión sistemática de un campo de estudio y dominio de las habilidades y métodos de investigación relacionados con dicho campo.
- CB2. Capacidad de concebir, diseñar o crear, poner en práctica y adoptar un proceso sustancial de investigación o creación.
- CB3. Capacidad para contribuir a la ampliación de las fronteras del conocimiento a través de una investigación original.
- CB4. Capacidad de realizar un análisis crítico, de evaluación y síntesis de ideas nuevas y complejas.
- CB5. Capacidad de comunicación con la comunidad académica y científica, y con la sociedad en general, acerca de sus ámbitos de conocimiento en los modos e idiomas de uso habitual en su comunidad científica internacional.
- CB6. Capacidad de fomentar, en contextos académicos y profesionales, el avance científico, tecnológico, social, artístico o cultural dentro de una sociedad basada en el conocimiento.
Los futuros doctores deberán, además, adquirir las siguientes capacidades y destrezas personales:
- CDP1. Desenvolverse en contextos en los que hay poca información específica.
- CDP2. Encontrar las preguntas claves que hay que responder para poder resolver un problema complejo.
- CDP3. Diseñar, crear, desarrollar y emprender proyectos novedosos e innovadores en su ámbito de conocimiento.
- CDP4. Trabajar tanto en equipo como de manera autónoma en un contexto internacional o multidisciplinar.
- CDP5. Integrar conocimientos, enfrentarse a la complejidad y formular juicios con información limitada.
- CDP6. Criticar y defender intelectualmente soluciones.